El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha condenado a la Consejería de Educación de esta comunidad autónoma a pagar una indemnización de 14.051,84 euros a una profesora de un colegio concertado, al considerar que la modificación de sus condiciones laborales la llevaron a solicitar la extinción de su contrato con su centro, en el que llevaba trabajando desde 1998, motivada por la decisión de la Consejería de suprimir unidades en el mismo. El fallo aclara que, dado que es la administración quien provoca la causa de esta decisión, es ella quien debe hacerse cargo de la indemnización, y no la empresa.
FSIE, que ha sido quien ha defendido a esta trabajadora durante todo el proceso judicial, está satisfecha con la sentencia, ya que considera que es momento de replantearse algunas cosas y de que la consejería, tal y como ha hecho posteriormente a este caso, permita reducir la ratio profesor-alumno en las aulas con el fin de que los profesores no vean mermada su jornada laboral.
A pesar de los intentos de la Junta de Extremadura de no asumir el pago de la indemnización, el tribunal entiende que debe hacerlo, ya que "la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, en este caso la drástica reducción de la jornada de trabajo -que pasó de 17 a 8 horas semanales- es debida también a una razón que escapa al colegio en el que presta sus servicios". Además, el centro había solicitado mantener la ratio para no perjudicar a la docente y la consejería no atendió su petición.