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Campaña de declaración de la RENTA 2020

imagen rrss renta 2020En FSIE queremos darte las gracias porque con tu ayuda, así como la de otros miles de compañeros afiliados a FSIE, hemos podido hacer realidad mejoras laborales y profesionales.

Desde tu sindicato, seguimos luchando para evitar que se adopten medidas perjudiciales en las condiciones laborales de los trabajadores de los centros de enseñanza privada, concertada y de atención a personas con discapaciadad como consecuencia de la crisis sanitaria producida por el COVID-19.

CUOTA SINDICAL:

Queremos recordarte que TU CUOTA DEL SINDICATO TIENE BENEFICIOS FISCALES.

En tu declaración de la RENTA 2020, todos los afiliados a FSIE pueden deducir su cuota anual, lo que supone un ahorro al verse reducido el importe a pagar o, en su caso, incrementando el importe a devolver. La cantidad total de la cuota anual hay que ponerla en el espacio reservado a "Cuotas satisfechas a sindicatos" [casilla 0014], en el apartado de rendimientos de trabajo, del impreso digital del IRPF.

Nota importanteNo es necesario disponer del certificado de cuotas pagadas  en el momento de hacer la declaración, es suficiente con que recuerdes el importe anual  (en el caso de que la Agencia Tributaria te lo solicite, puedes contactar con FSIE y te proporcionaremos un certificado oficial).

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DEDUCCIÓN POR MATERNIDAD.

Pueden beneficiarse las mujeres con hijos menores de tres años con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad.

En el caso de adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente, la deducción se podrá practicar, con independencia de la edad del menor, durante los tres años siguientes a la fecha de la inscripción en el Registro Civil.

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PAGA DE LOS 25 AÑOS:

Si algún trabajador ha cobrado la Paga por Antigüedad en la Empresa, aparecerá cumplimentada la casilla “IMPORTE DE LAS REDUCCIONES A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 18.2 Y 3 DE LA LEY DEL IMPUESTO”. 

En esta casilla deberá aparecer el 30% de la cantidad percibida por la Paga por Antigüedad en 2020, (ésta es la cantidad que está exenta del cálculo del IRPF), tributará el 70% restante.

No obstante, en caso de duda, se recomienda acudir a las oficinas de Agencia Tributaria para la realización de la declaración de la renta.

 

VENTAJAS PARA AFILIADOS:

Si necesitas asesoría para la realización de tu declaración de la Renta, recuerda que FSIE tiene un convenio con Brand Businessa un precio especial de 25€ para afiliados

 

DOCUMENTOS:

Ampliar información: