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Aprobados los criterios de valoración para el concierto de Bachillerato y FP

Aprobados los criterios de valoracion para el concierto de Bachillerato y FP FSIE considera que los criterios de valoración aprobados en la Mesa Sectorial de la Enseñanza Concertada garantizan la complementariedad con la enseñanza pública e impulsan la libertad de elección de centros por parte de las familias para sus hijos.

A partir del curso 2018/19, los centros que cumplan estos criterios y hayan solicitado el concierto de Bachillerato y FP, podrán ofrecer estas enseñanzas no obligatorias de forma concertada, desarrollando así el derecho constitucional a la libertad de enseñanza para todos los ciudadanos, independientemente de su situación económica. Además, con esta avance democrático, se mejorarán los salarios y las condiciones laborales de los profesores que ejercen en estas enseñanzas.

FSIE ratifica las declaraciones de la consejera que explicó que “la nueva orden no perjudica ni supone ningún despido en la enseñanza pública, ya que es una orden diseñada para aportar estabilidad al funcionamiento de los centros concertados, que eligen 75.000 familias en la Región y en la que trabajan 5.000 docentes, y garantizan la complementariedad de ambos ejes público y concertado”.

Tal y como ha defendido FSIE desde un principio, la Orden establece el procedimiento a seguir para aplicar el régimen de conciertos educativos durante el período comprendido entre los cursos escolares 2017/2018 y 2022/2023 en la enseñanza concertada y "atiende a unos criterios de valoración justos y racionales y garantizan en todo momento la complementariedad con la enseñanza pública"

Además, los nuevos conciertos de estas enseñanzas no podrán ser causa de reducción de los conciertos vigentes en el resto de enseñanzas, los cuales quedan garantizados en los términos establecidos en los convenios respectivos.

Los criterios de valoración que deberán observarse para ordenar el concierto educativo de nuevas unidades en Bachillerato son que el centro disponga de concierto educativo en vigor en Educación Secundaria Obligatoria, y que cuente con este nivel autorizado y en funcionamiento. Igualmente, podrán acceder a conciertos de unidades en Bachillerato aquellos centros en los que en el mismo curso inmediatamente anterior concurra uno de los siguientes supuestos: que tenga un mínimo de seis unidades no concertadas de Bachillerato en funcionamiento, o que cuenten con un mínimo de tres unidades concertadas de cuarto de ESO y un mínimo de dos unidades no concertadas de Bachillerato en funcionamiento.

Por otro lado, para concertar ciclos de Formación Profesional se valorará que sean centros autorizados con estas enseñanzas en funcionamiento, la antigüedad, la evaluación del proyecto educativo y la existencia de demanda social derivada del mapa regional de FP. Estos criterios fueron consensuados en la Mesa Sectorial, que reúne a organizaciones patronales y sindicatos.

 

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