Ante la suspensión de la actividad lectiva presencial en todos los centros educativos de la Región de Murcia anunciada por el Consejo de Gobierno el 12 de Marzo de 2020, y tras la publicación del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de Marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19 y atendiendo al artículo 10 del mismo, se hace necesario dictar unas nuevas instrucciones adaptadas a la situación actual que sustituyen a las del 12 de marzo de 2020 de esta Secretaría General.
El periodo de suspensión temporal de la actividad en los centros educativos no debe entenderse como una interrupción de la actividad educativa, por lo que hemos de procurar que el alumnado mantenga diariamente una rutina y unos hábitos de estudio y de trabajo en sus domicilios.